Registro de marca comercial: solicitud a nombre de dos o más personas

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Introducción

Contrariamente a lo que piensan muchas personas, para solicitar un registro de marca comercial a nombre de dos o más personas no se requiere de ninguna formalización social previa.

No es necesario contar con una sociedad constituida legalmente, no es necesario haber iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, ni haber obtenido una patente comercial.

Es más, resulta altamente recomendable si la denominación quiere ser protegida adecuadamente o corre riesgo inminente de ser solicitada por un tercero, que los futuros socios la soliciten en conjunto, esto es, cada uno como persona natural.

Esta misma recomendación es válida para grupos musicales, organizaciones sin personalidad jurídica y cualquier otro grupo de dos o más personas que están en la parte inicial de su proyecto.

Registro de marca comercial

Solicitud a nombre de dos o más personas

La Ley de Propiedad Industrial en Chile establece que cualquier persona, ya sea natural o jurídica, nacional o extranjera, tiene derecho a disfrutar de los beneficios de la Propiedad Industrial. Esto significa que cualquier individuo o empresa puede solicitar el registro de una marca y obtener la protección legal correspondiente cumpliendo los requisitos legales.

Supongamos que dos amigos tienen una idea innovadora antes de formalizar su empresa. En lugar de esperar a tener todos los detalles en orden, se deciden a unir sus esfuerzos y solicitar el registro de la marca de manera conjunta.

Este enfoque no solo proporciona protección desde las fases iniciales, sino que también establece una alianza sólida para futuras colaboraciones. A diferencia de la creencia de muchas personas, solicitar el registro de una marca no requiere una sociedad legalmente constituida.

Ahora, imaginemos un grupo de músicos que decide formar una banda. Antes de oficializar la banda, optan por registrar su nombre artístico conjuntamente. Esto no solo salvaguarda su identidad desde el principio, sino que también evita posibles disputas sobre la propiedad de la marca.

Del mismo modo, dos diseñadores pueden fusionar sus ideas y registrar su marca de manera conjunta para prevenir inconvenientes en el futuro.

Por su parte, si hay intención de formar una sociedad a futuro, es altamente recomendable que los futuros socios de cualquier proyecto soliciten el registro de la marca como personas naturales, especialmente si desean protegerla adecuadamente o si existe el riesgo de que un tercero la solicite.

Esta recomendación es válida para todos aquellos grupos de personas que no poseen personalidad jurídica. Por ejemplo, bandas o grupos musicales, emprendedores que comienzan un proyecto de forma informal y cualquier otro tipo de organización sin personalidad jurídica.

En la confianza está el peligro

Terceros extraños pueden conocer el nombre de una marca que se desea registrar a futuro, lo que aumenta el riesgo de copia.

Por ejemplo:

  • Puede estar contenida en el nombre de un dominio .cl adquirido en NIC Chile.
  • Puede aparecer en el extracto de la escritura de constitución de una sociedad publicado en el Diario Oficial.
  • Puede formar parte de alguna campaña en medios como prensa o la televisión.
  • Puede coincidir con el nombre de cuentas de redes sociales, tales como Instagram, Facebook, etc.

Por esta razón, es fundamental tomar precauciones y solicitar el registro de la marca lo antes posible, ya que no es obligación contar con algún tipo de formalización social.

Aspectos legales

En el caso de que dos o más personas deseen solicitar una marca comercial en conjunto, es obligatorio que comparezcan representados por un mandatario en común. Así lo señala el Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial en su art. 16. Además, cada uno de los solicitantes debe ser identificado en la solicitud y se debe consignar un domicilio común.

La comunidad marcaria se regula por las reglas generales de derecho común, pudiendo existir pacto de indivisión u otra convención que se podrá anotar en forma marginal al registro.

El registro de una marca brinda numerosos beneficios y protección legal. Al obtener el título de protección, se garantiza que nadie más podrá utilizar o registrar una marca similar o idéntica en el mismo ámbito comercial. Esto otorga exclusividad y evita posibles confusiones entre los consumidores.

Además, el registro de una marca permite a sus titulares ejercer acciones legales en caso de infracción o uso no autorizado por parte de terceros. Estas acciones pueden incluir demandas por daños y perjuicios, así como la solicitud de medidas cautelares para detener el uso indebido de la marca.

Es importante destacar que el proceso de registro de una marca puede llevar tiempo y requiere el cumplimiento de ciertos requisitos legales. Por esta razón, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Propiedad Industrial. Con la asesoría adecuada normalmente el proceso resulta de manera correcta y eficiente.

Conclusión

En el ámbito del registro de marcas, la prudencia y la anticipación son fundamentales. La ley brinda la posibilidad de unir esfuerzos, especialmente en las etapas iniciales, para resguardar la marca de manera conjunta.

Cualquier persona, ya sea natural o jurídica, nacional o extranjera, puede solicitar el registro de una marca de acuerdo a la Ley de Propiedad Industrial. No es obligatorio que una sociedad esté constituida legalmente ni que haya iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.

Es fundamental solicitar el registro lo antes posible para proteger adecuadamente la marca y evitar posibles conflictos legales en el futuro. Para lo anterior, las solicitudes en conjunto de dos o más personas son una solución inteligente.